El Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación creó el Programa de Auxilio a Prestadores Turísticos IV (APTUR IV) el cual promueve la asistencia a los trabajadores del sector turismo a través del otorgamiento de aportes no reembolsables por la suma de $ 30.000, de modo de conferir un sostén económico a las personas humanas prestadoras de servicios turísticos.
La medida fue publicada en el Boletín Oficial mediante la Resolución 59/2021 .
El Programa se destina exclusivamente a personas humanas que desarrollen alguna de las actividades vinculadas con el sector turismo, que se detallan en el Anexo I a la Ley Nacional de Turismo Nº 25.997 y sus modificatorias.
De esta forma, quedan expresamente excluidas del APTUR IV las personas que:
- Se encuentren en relación de dependencia bajo cualquier modalidad, tanto en el sector público como en el privado.
- Tengan uno o más empleados en relación de dependencia a su cargo.
- Adeuden contraprestaciones por cualquier tipo de asistencia que hayan recibido del Ministerio, o que posean cuentas pendientes de rendición.
Por otra parte, los requisitos de admisibilidad son los siguientes:
- Acreditar una antigüedad mínima de 1 año de inscripción en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes -Monotributo-, Monotributistas Sociales o Trabajadores Autónomos al momento de la presentación de la solicitud al Programa o hasta el momento de la declaración de la pandemia (marzo de 2020).
- Acreditar la relación con el sector turismo.
- Aprobar alguno de los cursos de capacitación o cápsulas de contenido del Programa de Formación Virtual (PFV) en la plataforma https://campus.yvera.gob.ar/
Por último, aquellos interesados en acceder al Programa podrán inscribirse a través del siguiente link: https://www.argentina.gob.ar/como-inscribirse-en-aptur