Mediante Comunicación “A” 7363, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) determinó que las entidades financieras y los proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas de pago que brindan el servicio conocido como “billetera digital” o similar deberán:
Esta medida deberá estar implementada desde el 1° de diciembre de este año. De esta manera se uniforma el sistema y da lugar a la circulación de menos efectivo por parte del público, mayor seguridad y mejora en la operatividad de los comercios al tener que manipular menor cantidad de efectivo (papel moneda). En conclusión, se asoma un escenario en el que el uso de dinero digital será de empleo corriente del mismo modo que, como fue señalado en otras oportunidades, la utilización de los e-cheq avanza sobre el formato papel. Para acceder a la Comunicación “A” 7363, haga clic aquí. |